TRÁMITES URBANÍSTICOS

1. ACTOS SUJETOS A LICENCIA URBANISTICA (LU).

1.1. EDIFICACIÓN, OBRAS E INSTALACIONES.

1.2. URBANIZACIÓN E INFRAESTRUCTURAS VIAS PUBLICAS.

1.3. LEGALIZACIÓN.

1.4. PARCELACIÓN O SEGREGACIÓN.

1.5. OTRAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS ESTABLES.

1.6 USOS Y OBRAS PROVISIONALES.

1.7. DEMOLICIÓN.

2. ACTOS SUJETOS A DECLARACION RESPONSABLE (DR).

2.1. OBRAS POR DR EN SUELO URBANO (DR-EO).

2.2. OBRAS POR DR EN SUELO RUSTICO (DR-EO).

2.3. OBRAS POR DR EN CONJUNTO HISTÓRICO, O EN INMUEBLES DECLARADOS BIC O INCLUIDOS EN EL CATÁLOGO GENERAL DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ANDALUZ (DR-EO).

2.4. OCUPACION/UTILIZACIÓN POR DR DE EDIFICACIONES CON LICENCIA (DR-OU).

2.5. OCUPACION/UTILIZACIÓN POR DR DE EDIFICACIONES EXISTENTES (DR-OU).

2.6. OBRAS POR DR SUJETAS A CALIFICACIÓN AMBIENTAL.

3. OTROS TRAMITES.

3.1. CAMBIOS DE TITULARIDAD, INICIO OBRAS Y PRORROGAS (CP).

3.2. CEDULA/INFORMACIÓN URBANISTICA.

3.3. DECLARACION DE RUINA.

3.4. ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS EN SUELO RUSTICO.

3.5. DECLARACION DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN (AFO).

3.6. CERTIFICACION ADMINISTRATIVA DE RÉGIMEN APLICABLE A EDIFICACIONES.

A. SUELO RUSTICO.

B. SUELO URBANO.

3.7. ACTUACIONES EN LA VÍA PÚBLICA.

A. VADOS.

B. AUTORIZACIONES TEMPORALES DE USO Y OCUPACIÓN DE VIA PÚBLICA (GRUAS, CONTENECORES, ETC..).

C. AUTORIZACIONES DE PUBLICDAD, MESAS INFORMATIVAS Y MERCADILLOS SOLIDARIOS.

3.8. DENUNCIAS URBANISTICAS.

3.9. CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE INFRACCIÓN URBANÍSTICA.

3.10. CONSULTA DE EXPEDIENTES.

1. ACTOS SUJETOS A LICENCIA URBANISTICA (LU).

1.1. EDIFICACIÓN, OBRAS E INSTALACIONES.

Tiene por finalidad comprobar que las actuaciones previstas son conformes a lo dispuesto en la legislación y en el planeamiento urbanístico vigente.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia obra mayor. (LU-OMY)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

1.2. URBANIZACIÓN E INFRAESTRUCTURAS VIAS PUBLICAS.

Tiene por finalidad comprobar que las actuaciones de transformación del suelo y/o ejecución de infraestructuras, se ajustan a la legislación urbanística y a los instrumentos de planeamiento aplicables. No serán objeto de licencia de urbanización, las obras comprendidas en proyectos de urbanización previamente aprobados, ni las complementarias a la edificación contenidas en el proyecto de edificación.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia obra en vía pública. (LU-OVP)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

1.3. LEGALIZACIÓN.

Tiene por objeto comprobar que las edificaciones, obras e instalaciones ejecutadas sin la correspondiente licencia urbanística son conformes a los dispuesto en la legislación y el planeamiento urbanístico vigente.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia legalización de obras. (LU-LE)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

1.4. PARCELACIÓN O SEGREGACIÓN.

La licencia de parcelación o segregación tiene por finalidad comprobar que la división o alteración propuesta del inmueble se ajusta a la legislación urbanística y a los instrumentos de ordenación aplicables, sin perjuicio de las autorizaciones que fueran procedentes de acuerdo con la legislación sectorial aplicable. Toda división o alteración de la superficie de un inmueble estará sujeta a la previa obtención de licencia de parcelación o segregación.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia de parcelación. (LU-PA)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

1.5. OTRAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS ESTABLES.

Tendrán la consideración de otras actuaciones urbanísticas estables, las que no implican ni urbanización ni edificación, pero tienen carácter permanente, independientemente de su duración, tales como los supuestos indicados siguientes:

– Los movimientos de tierra, incluidos los desmontes, abancalamientos, las excavaciones y explanaciones y aquellos otros que excedan de la práctica ordinaria de labores agrícolas, así como la desecación de zonas húmedas y el depósito de vertidos, residuos, escombros, y materiales ajenos a las características del terreno o de su explotación natural, salvo el acopio de materiales necesarios para la realización de obras ya legitimadas por otra licencia u otro presupuesto habilitante legalmente exigible, sin perjuicio de las pertinentes autorizaciones para la ocupación del dominio público y del resto de medios de intervención administrativa previstos en la normativa sectorial aplicable.

– Las talas en masas arbóreas y vegetación arbustiva, así como de árboles aislados, que sean objeto de protección por los instrumentos de ordenación urbanística.

– La instalación de invernaderos cuando conlleve algún tipo de estructura portante con exclusión de los domésticos o de escasa entidad en cuanto a sus características o superficie afectada.

– La instalación o ubicación de casas prefabricadas, caravanas fijas, casas móviles e instalaciones similares, provisionales o permanentes, excepto que se efectúen dentro de campamentos de turismo o camping legalmente autorizados y en zonas expresamente previstas para dicha finalidad en el correspondiente instrumento de ordenación urbanística.

– La apertura de caminos y accesos a parcelas en suelo al que sea de aplicación el régimen de suelo rústico, así como su modificación o pavimentación salvo las autorizadas por el organismo competente en materia agraria, forestal o análoga.

– La colocación de carteles, paneles, anuncios y vallas de propaganda visibles desde la vía pública, siempre que no estén en locales cerrados; quedan a salvo los preceptivos carteles de información y publicidad de obras.

– Las instalaciones y construcciones de carácter temporal destinadas a espectáculos y actividades recreativas.

– Los cierres, muros y vallados permanentes de fincas y parcelas.

– Las antenas y otros equipos de comunicaciones, así como las actuaciones de construcción o instalación de infraestructuras, servicios, dotaciones o equipamientos vinculados a la generación mediante fuentes energéticas renovables, incluidas las infraestructuras de evacuación y las infraestructuras de recarga para vehículos eléctricos, sean de promoción pública o privada.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia actuaciones urbanísticas estables. (LU-AU)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

1.6 USOS Y OBRAS PROVISIONALES.

Esta licencia tiene por finalidad comprobar que los usos y obras provisionales no están expresamente prohibidos por la legislación territorial y urbanística o la sectorial ni dificultan la ejecución del correspondiente instrumento de ordenación, quedando sometida la actuación al régimen previsto en la legislación en vigor.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia usos y obras provisionales. (LU-UOP)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

1.7. DEMOLICIÓN.

Tiene por objeto la realización de obras de demolición de edificios, construcciones o instalaciones.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo licencia obra mayor. (LU-OMY)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

2. ACTOS SUJETOS A DECLARACION RESPONSABLE (DR).

2.1. OBRAS POR DR EN SUELO URBANO (DR-EO).

Se incluyen en esta categoría aquellas actuaciones recogidas en los apartados a) y b) del art. 138.1 de la LISTA:

  1. a) La realización de obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente. Las Ordenanzas Municipales podrán eximir de declaración responsable aquellos supuestos en que las actuaciones carezcan de afección a la ordenación urbanística o a la normativa de la edificación, sin perjuicio de aquellos supuestos, en los que, de acuerdo con la legislación sectorial aplicable, tales obras deban quedar sujetas a algún régimen de intervención administrativa.
  2. b) Las obras en edificaciones o instalaciones existentes que sean conformes con la ordenación territorial y urbanística o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no alteren los parámetros de ocupación y altura, ni conlleven incrementos en la edificabilidad o en el número de viviendas.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración responsable para ejecución de obras. (DR-EO)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

2.2. OBRAS POR DR EN SUELO RUSTICO (DR-EO).

Se incluyen en esta categoría aquellas actuaciones recogidas en los apartados a) y c) del art. 138.1 de la LISTA:

a) La realización de obras de escasa entidad constructiva y sencillez técnica que no requieran proyecto de acuerdo con la legislación vigente. Las Ordenanzas Municipales podrán eximir de declaración responsable aquellos supuestos en que las actuaciones carezcan de afección a la ordenación urbanística o a la normativa de la edificación, sin perjuicio de aquellos supuestos, en los que, de acuerdo con la legislación sectorial aplicable, tales obras deban quedar sujetas a algún régimen de intervención administrativa.

b) Las obras en edificaciones e instalaciones existentes que sean conformes con la ordenación territorial y urbanística o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo rústico y que tengan por objeto la mejora de las condiciones de eficiencia energética, la integración de instalaciones de energía renovable o la reducción de su impacto ambiental, siempre que no supongan obras de nueva planta o aumento de la superficie construida.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración responsable para ejecución de obras. (DR-EO)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

2.3. OBRAS POR DR EN CONJUNTO HISTÓRICO, O EN INMUEBLES DECLARADOS BIC O INCLUIDOS EN EL CATÁLOGO GENERAL DEL PATRIMONIO HISTÓRICO ANDALUZ (DR-EO).

En aplicación de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, requerirán de autorización previa de la Consejería competente en materia de patrimonio, las siguientes obras:

– Actuaciones en inmuebles inscritos en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.

– Actuaciones en inmuebles objeto de inscripción como Bien de Interés Cultural o su entorno

– Demoliciones que afecten a inmuebles integrantes del entorno de Bienes de Interés Cultural o incluidos en Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial o Zonas Patrimoniales, que no estén inscritos individualmente en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz ni formen parte del entorno de Bienes de Interés Cultural.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración responsable para ejecución de obras. (DR-EO)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

2.4. OCUPACION/UTILIZACIÓN POR DR DE EDIFICACIONES CON LICENCIA (DR-OU).

Se tramitarán por Declaración Responsable la ocupación o utilización de edificaciones o instalaciones amparadas en licencia previa o declaración responsable de obras, siempre que se encuentren terminadas y ajustadas a estas y su destino sea conforme a la normativa de aplicación.

La licencia de ocupación se exigirá cuando el uso previsto sea el de vivienda, y la licencia de utilización en los demás supuestos.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración responsable para ocupación/utilización de edificación. (DR-OU)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

2.5. OCUPACION/UTILIZACIÓN POR DR DE EDIFICACIONES EXISTENTES (DR-OU).

Se tramitarán por Declaración Responsable la ocupación o utilización de edificaciones existentes que sean conformes con la ordenación vigente o se encuentren en situación legal de fuera de ordenación, situadas en suelo urbano no sometido a actuaciones de transformación urbanística, siempre que no hayan sido objeto de obras.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración responsable para ocupación/utilización de edificación. (DR-OU)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

2.6. OBRAS POR DR SUJETAS A CALIFICACIÓN AMBIENTAL.

Deberán obtener resolución favorable de la calificación ambiental o presentar Declaración Responsable de Calificación Ambiental, según proceda, aquellas actuaciones que posean usos incluidos en el Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración responsable para ejecución de obras. (DR-EO)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

Tramite ambiental, según proceda:

  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental mediante Declaración Responsable. (AC-CADR)
  • Modelo de actividades u obras sujetas a Calificación Ambiental. (AC-CA)

 

3. OTROS TRAMITES.

3.1. CAMBIOS DE TITULARIDAD, INICIO OBRAS Y PRORROGAS (CP).

Será objeto de Comunicación Previa, que deberá presentarse por los canales oficiales, los actos siguientes:

  • Los cambios de titularidad de las licencias y declaraciones responsables.
  • El inicio de las obras.
  • Las prórrogas del plazo para el inicio y terminación de las obras con licencia o declaración responsable en vigor.

Además, de los actos incluidos en el apartado anterior, están sujetas a Comunicación Previa, las siguientes:

  • Desistimiento de licencia.
  • Renuncia a la ejecución de obras.
  • Paralización de obras.
  • Cambio de dirección facultativa.
  • Cambio de la denominación social del titular de una licencia o declaración responsable.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo comunicación previa de licencias urbanísticas. (CP-LU)

3.2. CEDULA/INFORMACIÓN URBANISTICA.

Conforme a la legislación urbanística en vigor, los ciudadanos tienen el derecho a solicitar de la Administración competente cédula o informe escrito sobre su situación urbanística y los deberes y obligaciones a cuyo cumplimiento estén afectas sus fincas.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo solicitud cédula o información urbanística. (IU)

3.3. DECLARACION DE RUINA URBANISTICA.

Solicitud para el reconocimiento de la situación de legal de ruina urbanística, por encontrarse la edificación en alguno de los supuestos que establece la legislación vigente

Procederá la declaración de la situación legal de ruina urbanística de una construcción o edificación en los siguientes supuestos:

a) Cuando el coste de las reparaciones necesarias para devolver la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural a la construcción o edificación que esté en situación de manifiesto deterioro supere el límite del deber normal de conservación.

Dicho contenido normal del deber de conservación está representado por la mitad del valor del coste de reposición de una construcción de nueva planta, con similares características e igual superficie útil o, en su caso, de dimensiones equivalentes que la preexistente, realizada con las condiciones necesarias para que su ocupación sea autorizable o, en su caso, quede en condiciones de ser legalmente destinado al uso que le sea propio. Cuando las obras de conservación y rehabilitación rebasen el contenido normal del deber de conservación, para obtener mejoras o beneficios de interés general, aquellas se ejecutarán a costa de la entidad que lo ordene en la cuantía que exceda de dicho deber.

El contenido normal del deber de conservación podrá ser elevado hasta el setenta y cinco por ciento del coste de reposición de la construcción o el edificio correspondiente, en los casos de inejecución injustificada de las obras ordenadas.

b) Cuando, acreditando la persona propietaria el cumplimiento puntual y adecuado de las recomendaciones de los informes técnicos correspondientes, al menos, a las dos últimas inspecciones periódicas, el coste de los trabajos y obras realizados como consecuencia de esas dos inspecciones, sumado al de las que deban ejecutarse a los efectos señalados en el apartado anterior, supere el límite del deber normal de conservación, con comprobación de una tendencia constante y progresiva en el tiempo al incremento de las inversiones precisas para la conservación del edificio.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo declaración ruina urbanística. (RU)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

3.4. ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS EN SUELO RUSTICO.

En suelo rústico podrán implantarse con carácter extraordinario y siempre que no estén expresamente prohibidas por la legislación o por la ordenación territorial y urbanística, y respeten el régimen de protección que, en su caso, les sea de aplicación, usos y actuaciones de interés público o social que contribuyan a la ordenación y el desarrollo del medio rural, o que hayan de emplazarse en esta clase de suelo por resultar incompatible su localización en suelo urbano.

Las actuaciones podrán tener por objeto la implantación de equipamientos, incluyendo su ampliación, así como usos industriales, terciarios o turísticos y cualesquiera otros que deban implantarse en esta clase de suelo, incluyendo las obras, construcciones,

edificaciones, viarios, infraestructuras y servicios técnicos necesarios para su desarrollo. Asimismo, vinculadas a estas actuaciones, podrán autorizarse conjuntamente edificaciones destinadas a uso residencial, debiendo garantizarse la proporcionalidad y vinculación entre ambas.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo actuación extraordinaria en suelo rústico. (AER)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

3.5. DECLARACION DE ASIMILADO A FUERA DE ORDENACIÓN (AFO).

Reconocimiento de la situación de Asimilado a Fuera de Ordenación (AFO) de las edificaciones irregulares que se encuentren terminadas, en cualquier clase de suelo y cualquiera que sea su uso, respecto de las cuales no resulte posible la adopción de medidas de protección de la legalidad urbanística ni de restablecimiento del orden jurídico perturbado por haber transcurrido el plazo para su ejercicio conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo reconocimiento de asimilado a fuera de ordenación. (RMSU-AFO)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

3.6. CERTIFICACION ADMINISTRATIVA DE RÉGIMEN APLICABLE A EDIFICACIONES.

Se solicitará certificación administrativa en que se hará constar el régimen aplicable, según el art. 2 del Decreto-ley 3/2019, de 24 de septiembre, de medidas urgentes para la adecuación ambiental y territorial de las edificaciones irregulares en la Comunidad Autónoma de Andalucía y Disposición transitoria quinta de la LISTA, a las siguientes edificaciones:

  • SUELO RUSTICO: Las edificaciones terminadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 19/1975, de 2 de mayo, de reforma de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, y que no posean licencia urbanística, se asimilarán en su régimen a las edificaciones con licencia urbanística tanto de obras como de ocupación o utilización para el uso que tuvieran a dicha fecha. Dicho régimen no será extensible a las obras posteriores que se hayan realizado sobre la edificación sin las preceptivas licencias urbanísticas.
  • SUELO URBANO: Las edificaciones para las que hubiera transcurrido el plazo para adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística a la entrada en vigor de la Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo (urbano o urbanizable según LOUA), y que no posean licencia urbanística, se asimilarán en su régimen a las edificaciones con licencia urbanística tanto de obras como de ocupación o utilización para el uso que tuvieran a dicha fecha. Dicho régimen no será extensible a las obras posteriores que se hayan realizado sobre la edificación sin las preceptivas licencias urbanísticas.

TRAMITACIÓN:

Impreso solicitud:

  • Modelo certificación administrativa de situación urbanística de legalidad. (RMSU-LE)
  • Declaración Responsable del TECNICO – obras. (LU-DT)

3.7. ACTUACIONES EN LA VÍA PÚBLICA.

  • VADOS
  • AUTORIZACIONES TEMPORALES DE USO Y OCUPACIÓN DE VIA PÚBLICA (GRUAS, CONTENECORES, ETC..).
  • AUTORIZACIONES DE PUBLICDAD, MESAS INFORMATIVAS Y MERCADILLOS SOLIDARIOS.TRAMITACIÓN:Impreso solicitud:
    • Modelo solicitud vado. (AU-VA)
    • Modelo solicitud ocupación vía pública. (AU-OV)

    3.8. DENUNCIAS URBANISTICAS.

    Según el artículo 62.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la denuncia es el acto por el que cualquier persona, en cumplimiento o no de una obligación legal, pone en conocimiento de un órgano administrativo la existencia de un determinado hecho que pudiera justificar la iniciación de oficio de un procedimiento administrativo.

    Las denuncias deberán expresar la identidad de la persona o personas que las presentan, el relato de los hechos que pudieran constituir infracción y la fecha de su comisión y, cuando sea posible, la identificación de los presuntos responsables.

    TRAMITACIÓN:

    Impreso solicitud:

    • Modelo denuncia infracción urbanística. (DU)

    3.9. CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE INFRACCIÓN URBANÍSTICA.

    Previa comprobación, certificar que en una determinada parcela o inmueble, sita en el término municipal de Arcos de la Frontera, no existe expediente de infracciones urbanística en trámite.

    TRAMITACIÓN:

    Impreso solicitud:

    • Modelo solicitud de inexistencia de infracción urbanística. (DU)

    3.10. CONSULTA DE EXPEDIENTES.

    Por medio de este procedimiento el interesado puede consultar los detalles y el estado en que se encuentra el expediente que se tramita en la Delegación Municipal de Urbanismo.

    TRAMITACIÓN:

    Impreso solicitud:

    • Modelo solicitud de acceso a expediente urbanístico. (AE)