Te recordamos que como ciudadano y ciudadana de Arcos de la Frontera has de empadronarte en la ciudad en que vives o trabajas, así como comunicar los cambios de domicilio que lleves a cabo.

Y todo esto, ¿por qué?. Porque sí estás empadronad@, podrás entre otras muchas cosas, matricular a tus hijos e hijas en los colegios, tener opción a viviendas municipales, tramitar tu Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, solicitar becas, votar en periodos electorales, incluso hasta casarte…..

Pero además, tienes que recordar que en función de los que estemos empadronad@s, así recibiremos recursos económicos de la Junta de Andalucía y del Estado. Tu presencia sí es importante para todos; de ello dependen nuestras escuelas, centros de salud, carreteras, hospitales, juzgados, y un largo etc. ¡Contar contigo supone tener más servicios!

Te recordamos que empadronarse trae consigo entre otros los siguientes beneficios:

  • Derecho al voto en periodos electorales.
  • Consecución de documentos para la obtención de prestaciones por desempleo.
  • Inclusión en la Seguridad Social a efectos de prestaciones sanitarias.
  • Adquisición de tarjetas de aparcamiento O.R.A. así como las motivadas por minusvalías.
  • Actualización de expedientes para pensiones (pensiones no contributivas, salario social, fondo de asistencia social, etc…).
  • Tramitación de matrimonios civiles.
  • Tramitación de expedientes para la declaración de herederos.
  • Matriculación en Centros de Enseñanza, así como la obtención de becas.
  • Acceso a viviendas de promoción pública.
  • Documento Nacional de Identidad y Pasaporte.
  • Asistencia Jurídica Gratuita.

Ayuda a que tu ciudad crezca. Es un deber ciudadano.

¡ Empadrónate !

Si deseas empadronarte o realizar un cambio de domicilio dentro del municipio, puedes solicitar cita previa (con o sin identificación) en la sede electrónica. También puedes solicitar trámites de padrón (Altas, cambios de domicilio, modificaciones de datos…..) en la sede electrónica.

Todos los datos personales que se recopilen serán objeto de protección y quedarán amparados por el secreto estadístico por la Ley Orgánica de Protección de Datos (L.O. 3/2018 de 5 de diciembre).